En Ag0sto de 2010 se publicó la ley de paro de los autónomos, cuyo nombre técnico es prestación por cese de actividad (Ley 32/2010 que fue publicada en el BOE de 6 de Agosto de 2010, entrando en vigor el 6 de noviembre del mismo año).
Para tener derecho a la prestación es necesario que cumplas con todos éstos requisitos:
- Estar afiliado y en situación de alta en el RETA.
- Que cotices y tengas cubierta la protección por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Haber cotizado al menos 6 meses
- Encontrarse en situación legal de cese de actividad: estar disponible para la reincorporación al mercado de trabajo a través de las actividades formativas, según puedan convocarte desde el Servicio Público de Empleo
- No haber cumplido la edad de jubilación
- Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.



